¿De qué se trata la reforma al artículo 141 que tanto divide a los municipios de Hidalgo?
Aunque el Congreso de Hidalgo aprobó la propuesta el 6 de octubre, su ratificación depende de las votaciones municipales; hasta ahora, los resultados identificados muestran posturas divididas.

Redacción
La reforma al artículo 141 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, aprobada por el Congreso local el 6 de octubre de 2026, ha generado posturas divididas entre los ayuntamientos de Hidalgo, debido a que plantea eliminar la obligación de los presidentes municipales de solicitar autorización previa del Cabildo para celebrar determinados contratos y convenios.
De acuerdo con la relación de votaciones municipales proporcionada, 13 municipios han respaldado la modificación constitucional, mientras que 18 han votado en contra. El balance corresponde a los 31 ayuntamientos identificados en el reporte y no representa necesariamente la totalidad de las votaciones realizadas hasta ahora.
La propuesta fue promovida por el diputado Miguel Ángel Moreno Zamora, quien argumentó que la modificación busca agilizar los procedimientos administrativos y mejorar la eficiencia del gasto público.
Sin embargo, la iniciativa también ha recibido críticas de representantes municipales que consideran que la eliminación de este requisito podría reducir la participación de regidores y síndicos en la revisión de decisiones relacionadas con contratos y convenios.
¿Qué cambia con la reforma al artículo 141?
La reforma al artículo 141, específicamente en su fracción XV, modifica el esquema de autorización de determinados actos administrativos de los presidentes municipales.
Conforme a la descripción de la propuesta, se elimina la obligación constitucional de obtener previamente la aprobación del Cabildo para celebrar ciertos contratos y convenios de interés público con particulares e instituciones.
El legislador promovente sostuvo que el cambio permitiría reducir trámites y actualizar una disposición cuyo origen se remonta a 1920.
En contraste, quienes se oponen a la modificación consideran que la autorización del Cabildo constituye un mecanismo de revisión de las decisiones de la presidencia municipal.
La discusión se ha centrado en el equilibrio entre la agilidad administrativa y la participación de los órganos colegiados de gobierno.
La eliminación de una autorización previa no debe confundirse, por sí sola, con la desaparición de todas las obligaciones de transparencia, fiscalización y rendición de cuentas.
El alcance definitivo dependerá del texto aprobado y de las demás disposiciones legales aplicables.
41.9% a favor con la votación de 13 ayuntamientos.
58.1% en contra con la participación de 18 municipios.
El resultado parcial muestra que, entre los municipios identificados, los votos contrarios superan a los favorables por cinco.
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Municipios que han votado la reforma
Según la relación proporcionada, estas son las posturas de los ayuntamientos de Hidalgo:
Todos (31)A favor (13)En contra (18)
Municipio | Votación |
Pachuca | A favor |
Mineral de la Reforma | A favor |
Tula de Allende | A favor |
Tulancingo | A favor |
Tolcayuca | A favor |
Chapulhuacán | A favor |
Nicolás Flores | A favor |
Zempoala | A favor |
Yahualica | A favor |
Juárez Hidalgo | A favor |
Huazalingo | A favor |
Atlapexco | A favor |
Tianguistengo | A favor |
Alfajayucan | En contra |
Atitalaquia | En contra |
San Salvador | En contra |
Huasca de Ocampo | En contra |
Emiliano Zapata | En contra |
Calnali | En contra |
Eloxochitlán | En contra |
Tepetitlán | En contra |
Tlanchinol | En contra |
Epazoyucan | En contra |
Tetepango | En contra |
Tezontepec de Aldama | En contra |
Metepec | En contra |
Jaltocán | En contra |
Metztitlán | En contra |
Villa de Tezontepec | En contra |
Atotonilco el Grande | En contra |
San Agustín Metzquititlán | En contra |
Para obtener el respaldo de la mayoría de los 84 municipios, la reforma al artículo 141 requiere al menos 43 votos favorables, conforme al umbral señalado en la información proporcionada.
Mientras tanto, la reforma al artículo 141 mantiene abierto el debate sobre las atribuciones de los integrantes de los cabildos y los mecanismos de autorización de contratos municipales.
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