Hidalgo endurece penas por acecho, cohabitación forzada y terapias de conversión
El Congreso de Hidalgo avaló reformas al Código Penal para sancionar el acecho, terapias de conversión y cohabitación forzada con penas de prisión y multas económicas.

Redacción
Durante la sesión del pleno legislativo, diputadas y diputados aprobaron el dictamen de reforma al Código Penal de Hidalgo, mediante el cual se establecieron sanciones específicas para conductas que vulneran la libertad, seguridad e integridad de las personas.
Uno de los nuevos delitos contemplados es el acecho, definido en la reforma como una conducta reiterada realizada sin consentimiento de la víctima. Para quienes incurran en esta práctica se estableció una pena de tres meses a dos años de prisión, además de una multa de entre 10 y 40 días.
La legislación aprobada señala que las sanciones podrán incrementarse cuando la víctima sea una persona menor de edad o alguien que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirse a la conducta.
Reforma al Código Penal de Hidalgo incluye castigos por terapias de conversión
Otro de los cambios aprobados por el Congreso de Hidalgo contempla sanciones contra las llamadas terapias de conversión, prácticas señaladas por organismos de derechos humanos por intentar modificar la orientación sexual o identidad de género de una persona mediante métodos coercitivos o dañinos.
De acuerdo con el dictamen aprobado, las personas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien este tipo de prácticas podrán recibir una pena de uno a tres años de prisión, además de una multa económica de 150 a 300 días.
La reforma también establece responsabilidades para quienes participen directamente o promuevan estas acciones, con el objetivo de sancionar cualquier forma de imposición sobre la identidad o expresión de las personas.
Entérate: ¿Remodelación o sólo demolición? El Congreso de Hidalgo continúa sin proyecto para reponer su Salón de Plenos
Congreso establece penas por cohabitación forzada y abuso sexual
Dentro de las modificaciones aprobadas en Hidalgo, también se incluyó el delito de cohabitación forzada de personas menores de 18 años o de quienes no cuentan con capacidad para comprender el significado del hecho o resistirlo.
Para esta conducta se estableció una sanción de cinco a nueve años de prisión, además de una multa de 200 a 500 días.
Asimismo, el dictamen incorporó ajustes relacionados con el delito de abuso sexual. La reforma contempla penas de dos a cuatro años de prisión y multas de 50 a 100 días para quien realice actos de esta naturaleza sin el consentimiento de la víctima.
ÚNETE AL CANAL DE FLORENTINO PERALTA EN WHATSAPP:








Comentarios