Yerros del TEEH: Sala Regional le revoca y modifica sentencias
Invade Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) atribuciones del Cardonal.

Rosa Gabriela Porter
La Sala Regional Ciudad de México revocó y modificó tres sentencias del Tribunal Electoral del Estado (TEEH) en las que ordenaba al ayuntamiento de Cardonal que reconociera la calidad de representantes indígenas de las comunidades Pozuelos, La Vega y San Antonio Sabanillas, pues impuso reglas que invadieron la autoorganización municipal.
El primer asunto fue el juicio general, SCM-JG-35/2026, en el que la presidenta municipal, Karla Monserrat Hernández Cerroblanco y José Luis Cerrito Simón, síndico procurador, controvirtieron el expediente TEEH-JDC-064/2026, el cual ordenaban a la alcaldía a garantizar condiciones necesarias para el ejercicio efectivo del cargo como representante indígena en San Antonio Sabanillas.
Convocarla a todas las sesiones del cabildo, así como proporcionar oportunamente información necesaria para su participación efectiva, documentación relacionada con los asuntos sometidos a deliberación, asignarse un espacio dentro del recinto destinado a las sesiones de cabildo y los medios necesarios para intervenir con voz durante el desarrollo de las mismas.
Entérate: Magistrados electorales y partidos políticos en Hidalgo: de los tribunales a cargos y militancias
¿QUÉ CRITERIO APLICARON?
Pero los magistrados de Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anularon esa determinación y estimaron que lo conducente era privilegiar las facultades de autoorganización del ayuntamiento para que, en función de su realidad operativa y logística, desarrolle adecuadamente el derecho de representación indígena de fuente constitucional, local y federal.
Similares criterios adoptaron para los expedientes SCM-JG-49/2026, respecto a la comunidad de Pozuelos y SCM-JG-50/2026 de La Vega; pues el tribunal hidalguense no debió imponer una regla general para que convoquen a los enlaces indígenas a todas las sesiones de cabildo con voz, pero sin voto, pues implicaría aspectos operativos y presupuestales para un municipio con más de 50 comunidades.
Otro dato relevante es que todavía falta por resolver otro asunto relacionado al mismo tema, pues impugnan el juicio, TEEH-JDC-080/2026, en el que ordenaron emitir respuestas respecto de las solicitudes presentadas por Fermín Silis Pérez, así como reconocerle su calidad de representante indígena de la comunidad de La Vega.
Lee también: IEEH: estas son las reglas de postulación para ayuntamientos y diputaciones locales 2027
NO SON CASOS AISLADOS
Sala Regional Ciudad de México también revocó la multa que impuso el TEEH a la presidenta municipal de Apan, María Zorayda Robles Barrera, pues no justificó el por qué subsistía el incumplimiento e ignoró las copias certificadas del acta solicitada que entregó la edil "morenista".
TEPEJI DEL RÍO
Asimismo, los magistrados regionales ordenaron en otra sentencia, SCM-JDC-259/2026, que promovieron los asambleístas de Tepeji del Río, Noemí Zitle Rivas, Viviana Aletzy Reyes López, Alejandro Fidel Maldonado García y Mari Carmen Santana Mendoza, para que analizara nuevamente la queja que interpusieron contra la presidenta municipal, Tania Valdez Cuellar, por conductas que aparentemente impidieron el desempeño de sus funciones deliberativas y de representación.
TAMBIÉN IXMIQUILPAN
O bien, en el asunto, SCM-JDC-213/2026, donde consideraron que el TEEH no privilegió la perspectiva intercultural cuando desechó las demandas presentadas para controvertir la elección de delegado en la comunidad de Las Emes, Ixmiquilpan, por falta de firma autógrafa del promovente.
Te puede interesar: IEEH proyecta más de 458 mdp para partidos y campañas en 2027, sin contar a independientes
EL ÚNICO INCONFORME
Como dato relevante, únicamente el Tribunal Electoral del Estado inconformó la designación del Órgano Interno de Control (OIC) que realizó el Congreso de Hidalgo, el resto de entes autónomos, Auditoría Superior del Estado (ASEH), Instituto Estatal Electoral (IEEH) y la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo (CDHEH) descartaron medios de impugnación.
ÚNETE AL CANAL DE FLORENTINO PERALTA EN WHATSAPP:








Comentarios