Indolencia judicial
Florentino Peralta
02-15-2021
Aunque la pandemia de COVID genera parálisis judicial en Hidalgo, una jueza de distrito tuvo tiempo de conceder un amparo liso y llano para dejar en libertad al presunto violador de una menor porque la imputación no incluyó los apellidos.
El juez mixto del Distrito Judicial de Molango vinculó a proceso a Joaquín T.L. por su probable responsabilidad en la comisión del delito de violación equiparada, pero su colega federal del Juzgado Primero de Distrito decidió ampararlo.
“Como ven, contrario a lo que aseveró el juez de la causa, la menor no hizo imputación directa contra Joaquín T.L. Refirió que la persona que la atacó sexualmente fue don Joaquín. Sin embargo, no lo identificó a través de sus apellidos”.
Así resolvió Bertha Patricia Orozco Hernández, jueza primera de distrito del estado de Hidalgo, pese a que el estándar probatorio necesario para vincular a proceso es solo indiciario, siendo que, el acto reclamado era la formal prisión.
Y dictó, “para el efecto de que el juez responsable deje insubsistente el auto de formal prisión reclamado y en su lugar dicte otra resolución, en la cual determine que no hay datos suficientes para hacer probable la responsabilidad penal”.
Llama la atención que solamente en dos párrafos, esta jueza surgida de un concurso especial entre mujeres, haya mostrado su total falta de sensibilidad y de empatía hacia la presunta víctima, una menor que se atrevió a denunciar.
Este acto de impunidad ocurrió el pasado 11 de enero, cuando se permitieron labores en el juzgado federal en el marco de la pandemia por COVID, que para el caso de Hidalgo ha representado parálisis judicial ante la falta de alternativas.
En medio de estos vaivenes se han emitido algunas resoluciones judiciales, que como esta, deja manifiestos los vicios del sistema de impartición de justicia que derivan en impunidad y la consecuente falta de credibilidad en este sistema.
¿VENCEDORA?
Bertha Patricia Orozco Hernández resultó vencedora en un concurso especial donde únicamente participaron mujeres, pues el objetivo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) era tener juzgadoras con sensibilidad ante este tipo de delitos, el de una presunta violación sexual contra una menor en una zona rural o donde sea, pero sentencias como la dictada, cuya parte toral se circunscribe a dos escuetos párrafos, deja muy de lado temas relacionados con inhibir la violencia de género y solamente recrudece la sospecha aquella sobre lo que no es lógico es metálico. Por eso las presuntas víctimas prefieren no denunciar.
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