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Agua en disputa: regulación necesaria o golpe al campo

  • hace 20 horas
  • 3 Min. de lectura

Entre la norma y la justicia

Alfonso Verduzco


(03-23-2026)


El pasado 22 de marzo se conmemoró el Día Internacional del Agua, una fecha impulsada por las Naciones Unidas desde 1993, cuyo objetivo es generar conciencia sobre la importancia del agua dulce, visibilizar la crisis hídrica mundial y promover la gestión sostenible de este recurso, en línea con el Objetivo de Desarrollo Sostenible relativo al acceso universal al agua y al saneamiento.


Para este 2026, la campaña se centra en la relación entre “agua y género”, poniendo sobre la mesa una realidad incómoda: la falta de acceso al agua potable impacta de manera desproporcionada a mujeres y niñas, particularmente en contextos rurales, donde son ellas quienes asumen mayoritariamente las labores no remuneradas del hogar, incluida la recolección de agua.


Hablar del agua es hablar del recurso más esencial para la vida humana. Sin embargo, también es hablar de desigualdad, de acceso y de poder.


En ese contexto, el propósito de este artículo es analizar la reciente aprobación de la nueva Ley General de Aguas y las reformas a la Ley de Aguas Nacionales, publicadas el 11 de diciembre de 2025, así como los conflictos económicos y sociales que han comenzado a generar.


La Ley de Aguas Nacionales había permanecido vigente desde 1992. Durante más de tres décadas, el modelo permitió que el agua fuera tratada, en la práctica, como un bien transferible entre particulares, con escasa trazabilidad y limitada capacidad de regulación por parte del Estado.


La reforma busca romper con esa lógica. Entre sus principales ejes, destaca la creación de un nuevo Registro Nacional del Agua y la eliminación de la posibilidad de transferir concesiones entre particulares. Bajo el nuevo esquema, cuando una concesión deje de utilizarse, deberá revertirse a la autoridad —la Comisión Nacional del Agua—, que decidirá su reasignación.


Las concesiones actualmente vigentes se respetan, las cuales se otorgan por plazos de hasta treinta años; sin embargo, deberán ajustarse al nuevo marco normativo al momento de su renovación.


Desde la perspectiva gubernamental, esta transformación responde a un problema estructural: la concentración del recurso. Se estima que apenas el 1.1% de los grandes usuarios concentra el 22% del agua concesionada en el país. En ese sentido, la reforma pretende recuperar el control público sobre un recurso estratégico.


Pero ¿quiénes son esos grandes usuarios? Se trata, principalmente, de sectores como la agroindustria a gran escala —particularmente cultivos de alto consumo hídrico como aguacate, caña de azúcar y alfalfa—, la industria cervecera y de bebidas, la minería y algunas ramas de la industria manufacturera.


Estas actividades, por su dimensión económica y su capacidad de inversión, han accedido históricamente a volúmenes significativos de agua mediante concesiones que, en muchos casos, se han mantenido por décadas.


No obstante, para amplios sectores del campo, especialmente pequeños y medianos productores, las nuevas reglas generan incertidumbre. La imposibilidad de transmitir o heredar concesiones junto con la tierra impacta directamente en su valor patrimonial y en la estabilidad de sus proyectos productivos.


A ello se suma un requisito que, aunque razonable en abstracto, plantea desafíos en la práctica: los concesionarios deberán acreditar que cuentan con la infraestructura necesaria para la explotación del agua. En un país donde muchos sistemas de riego siguen siendo tradicionales —como canales de tierra—, esta exigencia puede ampliar la brecha entre pequeños productores y grandes agroindustrias, que sí cuentan con los recursos para modernizarse.


La reforma también establece una prioridad clara: en escenarios de sequía, el uso doméstico y de consumo humano prevalecerá sobre cualquier uso agrícola o industrial. Además, fortalece las facultades de la autoridad para supervisar, reducir o incluso cancelar volúmenes concesionados ante riesgos de desabasto.


En paralelo, se endurecen las sanciones: la extracción irregular de agua y la asignación ilícita de concesiones por parte de servidores públicos podrán sancionarse con penas de prisión que van de dos a catorce años.


El problema, sin embargo, no es solo normativo. Diversos sectores advierten que la reforma implica mayores cargas burocráticas y costos de cumplimiento, sin que exista, al menos por ahora, una estrategia clara de acompañamiento para quienes no tienen los recursos necesarios para adaptarse.


La preocupación es legítima: una regulación que busca corregir desigualdades puede, si no se implementa con cuidado, profundizarlas.


El agua no es cualquier recurso. Es vida, es desarrollo y, cada vez más, es poder.


Regularla era necesario. Ordenarla, urgente. Pero hacerlo sin dejar atrás a quienes dependen de ella para sobrevivir puede convertir una solución en un nuevo problema.


Porque al final, la verdadera pregunta no es si el Estado debe intervenir en el uso del agua —eso ya no está en discusión—, sino cómo hacerlo sin que la justicia ambiental se construya a costa de la justicia social.


Y ahí está el verdadero reto: no solo repartir mejor el agua, sino garantizar que nadie se quede sin la posibilidad real de acceder a ella.

 

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